EPICAT

Fitxa de la carta

De Josep Antoni Pol i Sastre a Jeroni Torrent

Remitent
Pol i Sastre, Josep Antoni
Destinatari
Torrent, Jeroni
Data
8 de setembre de 1796
Origen
Sevilla
Destí
Sant Pere Pescador
Idioma
Castellà
Tema
Herència
Temàtiques
censals, comptes
Epistolari
Epistolari de la família Torrent
Fons
Torrent
Signatura
ACAE, Torrent
Suport
Paper
Nombre de fulls
1
Mides
Foli plegat (21 x 30 cm)
Descripció física
La carta fa de coberta
Segell prefilatèlic
Autoria de la fitxa
Javier Antón

Sevilla y 7bre. de [17]96

Amigo y dueño mío: reseví la tuia y, en respuesta, dígote qe. yo ni estoy en no yr ni en dexar de yr a essa nuestra patria. Por otro, sí sabes que en la ciu[da]d de Gerona tenemos las vecas de dotaciones que fundaron nuestros antecessores y que estoy en ánimos qe. mis subcessores las disfruten y tengan el abrigo y recreación en essa y su caudal, el qual tengo ánimos de aumentarlo, echándole lo que diere de sí, por quanto yo e passado sin él y, en adelante, lo necessito menos. Luego que estés en pocessión de la cassa verás lo que me dará o podrá quedar en casso de venderse, después de rebaxados los censos y penciones caídas, que a mi me parece assenderá a 735 l[ibras], poco más o menos. La viña qe. me dixistes la tenía Ciurana. E sabido no ser assí, pues la tomó Jaume Ysern a mi padre y Sr. hasta que se le vuelban cient libras que le enprestó, la misma que se a de procurar, aunqe. sea vender la cassa y, si lo niega, manifieste los documentos. Te envío la adjunta apuntación, copia de la cláusula del testamento de mi padre y, en ella, se ve no dexar usufructuario a mi hermano Jaime, que el tiempo que medie desde el fallecimiento de mi padre hasta que yo paresca que es el echarlo de el caudal. Es assí que por las cartas del r[everen]do cura se confirma haver parecido ynmediatamente de haver fallecido. Luego desde en aquel tiempo cessa el usdefruto.

Los cenzos son los sig[uien]tes:

De mussén Pell, 8 ll., 17 s.: pagosse la última en 28 de enero de 1783

Aniv[ersario]s de St. Pere Pescador, 18 s.

De el de Vilacolum, 3 ll.: todas las penciones se pagaron en 1783, como el primero.

Esta apuntación tengo del Sr. Aloy y Sanz, proc[cura]dor de dichos sensos. No obstante de andar dudosso si cabe en el caudar legítima tan crecida, es voluntad de mi padre y Sr. me conformo que ansí sea.

Sentí la muerte de tu espossa y parienta mía. D[io]s te dé vida y salud para rogar por su alma. Tuio,

Pol

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