M[uy] I[lustre] s[eñor]
D[oñ]a Maria Ign[aci]a, etc.: con la debida atención a v[uestra] s[eñoría] expone: que ecsistiendo desde el año 1823 en esa m[uy] il[ustre] villa de Madrid, en casa la viuda de d[o]n Venceslao Argumosa, parte del equipage de mi difunto esposo el conde del Abisbal, cuyo inventario formado por uno de los antecesores de v[uestra] s[eñoría] se halla guardado también en la misma casa, y deseando tener dicho equipage en mi poder, por corresponderme después del fallecim[ien]to de mi esposo, a v[uestra] s[eñoría] atentam[ent]e,
suplica se digne dar las disposiciones convenientes a fin de que todos los efectos de mi dif[un]to esposo custodiados en casa la viuda de Argumosa y comprendidos en el espresado inventario se entreguen a mi hermano pol[ític]o el ten[ien]te gen[era]l d[o]n José O’Donell, o bien a la persona que él designe, lo que a más de ser de justicia lo recibirá la expon[en]te a particular favor de la conocida bondad y rectitud de v[uestra] s[eñoría],
Gerona, 6 julio de 1834
La cond[es]a del Abisbal.