Reus, n[oviem]bre 25 de [17]72
Q[ueri]do y amigo d[o]n Fran[cis]co: he sabido por el s[eñ]or J[ose]ph Colomer no haver llegado a mano de v[uestra] m[erce]d la que tiempo hace le escriví, por lo que fiado de la buena ley v[uestra] m[erced] siempre me ha profesado, rehitero a v[uestra] m[erce]d mi súp[lic]a que conciste en procurarme una copia simp[le] de la dominación de los obreros de essa ciudad y sus constituciones si las tienen, pues no dudo q[u]e d[ic]ha nomenación o nombramien[to] de obreros, o será del rey o del conzejo y otro cuperior competente. Esto se lo pido a v[uestra] m[erced] por conciderarle bien enterado en este asumpto y serme a mi necessario saber de algunos exemplares, respeto q[u]e, en breve, esperamos venga a informe a los reg[i]d[ore]s con memorial q[u]e ha dado el sýndico personero al Consejo, pidiéndole la facultad de nombrar obreros, pues no los ay en esta iglesia.
Reitero a v[uestra] m[erce]d mi afecto con el qual deseo servirle, roganda a Dios le g[uar]de m[ucho]s a[ño]s, etc.
B[esa] l[a] m[ano] de v[uestra] m[erced] su más aff[ec]to y seg[u]ro ser[vi]d[o]r,
Mariano Grau de Janer y Ripoll
S[eño]r d[o]n Fran[cis]co de Niubó